Free SP_FL-342.ofm - California


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Pages: 2
Date: June 24, 2009
File Format: PDF
State: California
Category: Court Forms - State
Author: CKieliger
Word Count: 1,250 Words, 7,294 Characters
Page Size: Letter (8 1/2" x 11")
URL

http://www.courtinfo.ca.gov/forms/documents/fl342s.pdf

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FL-342 S
SOLICITANTE/DEMANDANTE: RESPONDEDOR/DEMANDADO: OTRO PADRE/MADRE:

Sólo para información ­ No entregue a la corte

NÚMERO DE CASO:

Adjunto a

ADJUNTO A LA ORDEN E INFORMACIÓN SOBRE LA MANUTENCIÓN DE LOS HIJOS Determinaciones y orden después de la audiencia Orden de restricción después de la audiencia (CLETS) Fallo Otro

LA CORTE UTILIZÓ LA SIGUIENTE INFORMACIÓN PARA DETERMINAR EL MONTO DE MANUTENCIÓN DE LOS HIJOS: 1. Se adjunta un listado del cálculo por computadora y de las determinaciones, que se incorpora a esta orden y rige para todos los puntos no cubiertos a continuación. 2. Ingresos a. Los ingresos mensuales de cada padre son: solicitante/demandante: respondedor/demandado: otro padre: b. Ingreso imputado. La corte determina que el $ 3. por: Ingreso bruto mensual $ $ $ Ingreso neto mensual $ $ $ Ingreso por TANF/CalWORKS

solicitante/demandante respondedor/demandado otro padre tiene la capacidad para ganar: y ha basado la orden de manutención en dicho ingreso imputado.

4.

Hijos de esta relación a. Cantidad de hijos objeto de esta orden de manutención (especificar): % b. Porcentaje aproximado de tiempo que pasan con el: solicitante/demandante % respondedor/demandado % otro padre Cargas económicas extraordinarias Se han tenido en cuenta las siguientes cargas económicas extraordinarias para calcular la manutención de los hijos: solicitante/ respondedor/ Fecha aproximada de terminación otro padre demandante demandado de la carga económica adicional $ Otros hijos menores de edad: $ a. $ $ Gastos médicos extraordinarios: $ b. $ $ c. Pérdidas catastróficas: $ $ Ajuste por bajos ingresos a. Se aplica el ajuste de bajos ingresos. b. No se aplica el ajuste de bajos ingresos porque (especificar razones): Manutención de los hijos a. Manutención básica de los hijos El solicitante/demandante respondedor/demandado otro padre tiene que pagar manutención de los hijos a partir de (fecha): hasta que la corte dicte otra orden, o hasta que el hijo se case, fallezca, se emancipe, llegue a los 19 años de edad o llegue a los 18 años de edad y no sea un estudiante de la escuela secundaria por tiempo completo, según lo que ocurra primero, como se indica a continuación: Nombre del hijo Fecha de nacimiento Monto mensual Pagadero a (nombre)

LA CORTE ORDENA 5.

6.

A pagar el b.

primer día del mes una mitad el primer día del mes y la otra mitad el 15avo día del mes. otro (especificar): Manutención adicional de los hijos (1) Costos de cuidado de los hijos relacionados con el trabajo o capacitación laboral que sea razonablemente necesaria. El solicitante/demandante % del total o por mes de los costos $ deberá pagar el: de cuidado de los hijos. $ El respondedor/demandado % del total o por mes de los costos deberá pagar el: de cuidado de los hijos. por mes de los costos El otro padre deberá pagar el: % del total o $ de cuidado de los hijos. Los costos de cuidado de los hijos se pagarán de la siguiente manera (especificar): ÉSTA ES UNA ORDEN DE LA CORTE.
Página 1 de 2 Family Code, §§ 4055­4069 www.courtinfo.ca.gov

Form Adopted for Mandatory Use Judicial Council of California FL-342 S [Rev. July 1, 2005]

ADJUNTO A LA ORDEN E INFORMACIÓN SOBRE LA MANUTENCIÓN DE LOS HIJOS

SOLICITANTE/DEMANDANTE: RESPONDEDOR/DEMANDADO: OTRO PADRE/MADRE:

Sólo para información ­ No entregue a la corte

NÚMERO DE CASO:

LA CORTE DETERMINA ADEMÁS 6. b. Manutención obligatoria adicional de los hijos (continuación) (2) Costos razonables de atención de la salud no asegurados para los hijos El solicitante/demandante deberá pagar el: El respondedor/demandado deberá pagar: El otro padre deberá pagar el: Los costos se pagarán de la siguiente manera (especificar): c. % del total o % del total o % del total o $ $ $ por mes. por mes. por mes.

Manutención adicional de los hijos (1) Costos relacionados con las necesidades educativas u otras necesidades especiales de los hijos El solicitante/demandante deberá pagar el: % del total o El respondedor/demandado deberá pagar: % del total o El otro padre deberá pagar el: % del total o Los costos se pagarán de la siguiente manera (especificar): (2) Gastos de transporte para visitación El solicitante/demandante deberá pagar el: El respondedor/demandado deberá pagar: El otro padre deberá pagar el: Los costos se pagarán de la siguiente manera (especificar): % del total o % del total o % del total o $ $ $ por mes. por mes. por mes.

$ $ $

por mes. por mes. por mes.

Monto total de manutención de los hijos por mes: $ 7. Gastos de atención de la salud a. La cobertura de atención de la salud para los hijos menores de edad de las partes deberá ser mantenida por el solicitante/demandante respondedor/demandado otro padre si dicha cobertura se pudiera obtener sin costo, o a un costo razonable, a través del lugar de trabajo o del trabajo por cuenta propia. Se ordena a ambas partes que cooperen para la presentación, cobro y reembolso de cualquier reclamo por gastos de atención de la salud. b. c. El solicitante/demandante respondedor/demandado razonable de atención de la salud en este momento. otro padre no tiene acceso a un seguro

La parte que proporciona la cobertura debe asignar el derecho de reembolso a la otra parte.

8. Asignación de ingresos Se debe emitir una Orden/Aviso para retener ingresos para manutención de los hijos (formulario FL-195). Nota: La persona que debe pagar la manutención de los hijos será responsable por el pago de la misma directamente al destinatario hasta que los pagos de manutención se deduzcan de su sueldo, y por todo el monto de manutención que no sea cubierto por la asignación de sus ingresos. 9. Orden fuera de las pautas Esta orden no cumple con las pautas de manutención de los hijos indicadas en la sección 4055 del Código de Derecho Familiar. Se incluye el Adjunto a la determinación de manutención de los hijos fuera de las pautas (formulario FL-342(A)). Orden de buscar empleo (Código de Derecho Familiar, § 4505) Se ordena que el solicitante/demandante respondedor/demandado los siguientes términos y condiciones: otro padre busque empleo bajo

10.

11. Otras órdenes (especificar): 12. Adjuntos requeridos Se debe adjuntar e incorporar a esta orden el Aviso de derechos y responsabilidades--Costos de atención de la salud y procedimientos de reembolso, y Hoja informativa sobre cómo cambiar una orden de manutención de los hijos (formulario FL-192). 13. Formulario de registro de caso de manutención de los hijos (Child Support Case Registry Form) Ambas partes tienen que llenar y presentar ante la corte un Formulario de registro de caso de manutención de los hijos (formulario FL-191) dentro de los 10 días de la fecha de esta orden. A partir de allí, los padres deben notificar a la corte cualquier cambio en la información presentada ante la corte, dentro de los 10 días del cambio, presentando para ello un formulario actualizado. AVISO: Cualquier parte obligada a pagar manutención de los hijos deberá pagar intereses sobre todos los montos vencidos a la tasa legal, que en la actualidad es del 10 por ciento. ÉSTA ES UNA ORDEN DE LA CORTE.
FL-342 S [Rev. July 1, 2005]

ADJUNTO A LA ORDEN E INFORMACIÓN DE MANUTENCIÓN DE LOS HIJOS

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