Free JV-060 S.ofm - California


File Size: 35.2 kB
Pages: 6
Date: June 24, 2009
File Format: PDF
State: California
Category: Court Forms - State
Author: RPrice
Word Count: 4,322 Words, 23,471 Characters
Page Size: Letter (8 1/2" x 11")
URL

http://www.courtinfo.ca.gov/forms/documents/jv060s.pdf

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27. ¿Qué debo hacer como padre o madre? Todas sus responsabilidades como padre o madre continúan cuando su hijo recibe una citación. Póngase en contacto con un abogado para que lo ayude. Si se coloca a su hijo en un hogar de grupo o se lo envía a un campamento de libertad condicional o a la División de Justicia de Menores, haga todo lo que pueda para mantenerse en contacto con su hijo y apoyar las actividades positivas que realice ahí. Entienda lo que está ocurriendo en la vida de su hijo para que lo pueda preparar para su regreso. Explore maneras de crear un ambiente positivo y apoyado para el regreso de su hijo a la escuela o al trabajo. Elabore estrategias para responsabilizar a su hijo por su conducta. Póngase en contacto con el funcionario de libertad condicional o de libertad supervisada de su hijo para pedirle referencias a organizaciones comunitarias que lo puedan ayudar, como grupos de padres o asesoramiento. Es posible que el distrito escolar, el hospital o departamento de salud mental locales también ofrezcan programas.

Condado de ________ CORTE DE MENORES INFORMACIÓN PARA LOS PADRES
Los propósitos de la corte de delincuencia de menores son: proteger, orientar y castigar a los niños que cometen actos de delincuencia, y proteger a la comunidad. Si su hijo pasa a ser dependiente de la corte como delincuente juvenil, la corte dará órdenes para usted y su hijo, para que su hijo y la comunidad estén protegidos. Como dependiente de la corte de delincuencia: 1. Es posible que su hijo pueda vivir en su hogar con supervisión de la corte; o 2. Se puede colocar a su hijo fuera de su hogar en una institución no cerrada o cerrada, dependiendo de la edad de su hijo, la gravedad del acto de delincuencia y la historia completa de los actos de delincuencia de su hijo. La petición y otros papeles que usted pueda haber recibido dicen que su hijo está acusado de haber cometido ciertos actos de delincuencia. La petición no comprueba nada, pero es importante que usted sepa lo de qué se acusa a su hijo. Usted tiene derecho a recibir una copia de la petición. LEA LA PETICIÓN CON ATENCIÓN. 1. Mi hijo vino a casa después de que lo arrestaron. ¿Qué pasará ahora? El departamento de libertad condicional de su condado probablemente se pondrá en contacto con usted y pedirá que su hijo vaya a una reunión con un funcionario de libertad condicional.

Form Approved for Optional Use Judicial Council of California JV-060 S [Rev. January 1, 2006]

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Usted recibirá un Aviso de comparecencia (una fecha y hora específica en que tiene que estar presente al Departamento de libertad condicional). En casos muy graves su hijo puede recibir un Aviso de comparecencia directamente en la corte de menores. 2. Arrestaron a mi hijo y lo pusieron bajo custodia. ¿Qué puede hacer el oficial que lo arrestó? El oficial puede hacer una de cinco cosas: a. Dejar que su hijo vuelva a su hogar o acompañarlo de vuelta a su hogar o de vuelta al lugar en que lo arrestaron, y mantener datos del contacto. b. Remitir al menor a una agencia de la comunidad que le provee refugio, cuidado, programas educativos o de trabajo, o asesoramiento. c. Algunos condados requieren que su hijo vuelva a la estación de policía en lugar del departamento de libertad condicional (esto se llama a veces "cited back", o "citado de vuelta"). d. Dar a usted y a su hijo un Aviso de comparecencia, que dice lo que usted y su hijo tienen que hacer y cuándo tienen que hacerlo. e. Encerrar a su hijo en el reclusorio juvenil poco después del arresto (esto se llama "detención"). Si su hijo está encerrado o el funcionario lo retiene, su hijo tiene derecho a hacer por lo menos dos llamadas a más tardar una hora después del arresto. Una de las llamadas telefónicas debe ser una llamada completada a su padre, madre, tutor, pariente responsable o empleador. La otra llamada debe ser una llamada completada a un abogado. Si el funcionario va a interrogar a su hijo sobre lo que pasó, el funcionario le tiene que decir a su hijo que tiene derecho a permanecer en silencio, que todo lo que diga se podrá usar en su contra, que tiene derecho a que lo represente un abogado y que la corte le nombrará un abogado si no puede pagar. Esto se conoce como los derechos Miranda. Si el funcionario no va a

24. ¿Tendré que pagar las cuotas de mi hijo? Sí. A menos que usted haya sido la víctima del delito de su hijo, recibirá una factura del condado por los honorarios de abogado de su hijo. También le cobrarán los costos de los servicios del departamento de libertad condicional (tales como comida y lavandería mientras que su hijo estuvo en el reclusorio juvenil), así como los costos de colocación por mantener a su hijo en una institución estatal, como la División de Justicia de Menores, un campamento de libertad condicional o una colocación fuera de su hogar. Esto puede ser muy costoso. Usted tendrá la oportunidad de demostrar cuantos de esos costos puede pagar, si es que puede pagar alguna parte de ellos. La corte de menores no hace esta determinación. 25. ¿Se pueden sellar los expedientes que mantiene la corte de menores sobre mi hijo? Esto es muy importante para su hijo, pero no ocurrirá automáticamente y no todos los registros se pueden sellar, incluyendo algunas condenas del Departamento de Vehículos Automotores. Su hijo tiene que presentar una petición solicitándolo. Su hijo puede presentar una petición después de cumplir los 18 años. Su hijo también puede presentar una petición 5 años (en algunos casos 6 años) después de que haya terminado todo lo que tenga que ver con su caso. El departamento de libertad condicional verificará que su hijo no estuvo involucrado en el delito posterior. Si la corte otorga la petición de sellar los expedientes, se ordena que todos los datos del caso y del arresto se sellen. Pida ayuda al abogado o al funcionario de libertad condicional de su hijo. 26. ¿Se pueden utilizar los expedientes de mi hijo en la corte de menores en su contra como adulto? Bajo la ley de 3 golpes, ciertos delitos mayores graves o violentos que se cometen siendo menor de edad se pueden contar como golpes y se pueden emplear en contra de su hijo en el futuro. Esto puede ocurrir incluso si los expedientes de la corte de menores fueron sellados.

interrogar a su hijo, es posible que no le explique esos derechos.

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Usted puede visitar a su hijo en horario de visitas, que ocurren los sábados o domingos por 2 a 3 horas por vez, dependiendo del centro de recepción. El centro de recepción de Ventura para niñas permite visitas de hasta 6 1/2 horas por vez. No puede llamar por teléfono a su hijo al centro de recepción, pero puede escribirle. Su hijo puede hacer llamadas a cobrar desde un teléfono público. 22. ¿ En qué casos irá mi hijo a la División de Operaciones de Adultos en vez de la División de Justicia de Menores (DJJ) ? Sólo lo pueden sentenciar a su hijo a una prisión de adultos (CDC) si lo juzgaron como adulto (véase las preguntas 19 y 20). Si juzgarán a su hijo como adulto, es sumamente importante que usted hable con el abogado de su hijo sobre todas las consecuencias muy graves de la situación en que se encuentra su hijo. Entre las edades de 14 y 16 años, su hijo se tiene que quedar en la DJJ, incluso si lo sentencian a una prisión de adultos. Si su hijo tiene al menos 16 años, y si lo juzgaron en la corte de adultos, el juez puede ordenar que su hijo pase tiempo en una prisión de adultos en vez de ir a DJJ. Si su hijo tiene al menos 16 años de edad, puede servir todo su término de encarcelamiento en la DJJ únicamente si el término acabará antes de que cumpla 21 años. Si el término de su hijo acabará después de que cumpla 21 años, su hijo podrá estar en la DJJ hasta cumplir 18 años, y después lo transferirán automáticamente a la División de Operaciones de Adultos el día que cumpla 18 años. La corte también puede ordenar que su hijo vaya a la División de Operaciones de Adultos directamente a los 16 años. 23. ¿ Tengo responsabilidad financiera por los actos de mi hijo? Sí. Es posible que también tenga que pagar restitución a la víctima si la corte ordena que su hijo pague. La restitución es dinero que se paga a la víctima para compensarla por las pérdidas sufridas por la conducta ilegal de su hijo. Ejemplos de restitución pueden incluir el valor de artículos robados o dañados, gastos médicos y pérdida de salario.

Si su hijo está encerrado o detenido en algún lugar, el funcionario tiene que intentar inmediatamente a notificarle que su hijo está bajo custodia y dónde su hijo está detenido. Cuando le notifica, el funcionario también le tiene que informarle a usted sobre los derechos Miranda que tiene su hijo. 3. Si recibimos un Aviso de comparecencia, ¿qué pasará en la reunión con el funcionario de libertad condicional? ¿Qué debo hacer? Si su hijo todavía no tiene un abogado, póngase en contacto con el defensor público o con un abogado particular para que lo asesore. Puede pasar una de tres cosas en la reunión: a. El funcionario de libertad condicional podrá dar una reprimenda a su hijo y dejar que vuelva a su hogar sin ir a la corte de menores. b. El funcionario de libertad condicional podrá ofrecer a su hijo un programa voluntario en lugar de ir a la corte. Cada condado es diferente y los programas varían, pero por lo general si su hijo completa bien el programa (por ejemplo, por asistir a clases especiales o a asesoramiento sobre la drogadicción y el alcoholismo, por participar en trabajos comunitarios, limpiar graffito o ir a una corte de jóvenes o de pares si su condado tiene una), la corte de menores no necesita participar. Si usted y su hijo aceptan un programa voluntario, el departamento de libertad condicional les puede pedir que firmen un contrato informal con una descripción de lo que usted y su hijo tienen que hacer. Puede durar hasta seis meses. c. El funcionario de libertad condicional podrá remitir el caso de su hijo al fiscal de distrito, que decidirá si presentará o no una petición. 4. ¿Necesito un abogado para mí? Por lo general, no. Si su hijo tiene un abogado, el abogado representa a su hijo y no a usted. 5. ¿Necesita mi hijo un abogado? Sí, y su hijo tiene derecho a un abogado eficaz que esté preparado. Si usted no puede pagar un abogado para su hijo, la corte nombrará a un abogado para que represente su hijo.

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6. El funcionario de libertad condicional de mi hijo me dijo que el fiscal presentará una petición. ¿Qué quiere decir eso? Una petición le pide a la corte que intervenga en la vida de su hijo. La petición dice lo que el estado cree que hizo su hijo. Más adelante un juez decidirá si lo que dice la petición es verdadero. Hay dos tipos de peticiones. Cada uno lleva el nombre de secciones numeradas de la ley de California: a. Petición 601. Las Peticiones 601 son presentadas por el departamento de libertad condicional y dicen que un menor de edad se escapó de la casa, faltó a la escuela, no llegó a casa en la hora acordada o desobedeció regularmente a sus padres. Si la corte determina que lo que dice en la petición es cierto, el joven puede pasar a ser "dependiente" de la corte y a ser un "infractor de delitos por condición personal." b. Petición 602. Las Peticiones 602 son presentadas por la fiscalía y dicen que un niño cometió un acto que sería un delito si hubiera sido cometido por un adulto. Si la corte determina que lo que dice la petición es cierto, el niño pasa a ser dependiente de la corte como delincuente. La Sección 602 cubre todos los actos que son delitos cuando los comete un adulto. Esto incluye delitos mayores como robo de vehículos, robos, vender una sustancia regulada (drogas), violaciones y asesinatos. También incluye delitos menores, como agresión simple y manejar ebrio.
El castigo por el delito depende del tipo de delito. 7. ¿Qué pasará si llevan a mi hijo al "reclusorio juvenil" después del arresto? El funcionario de libertad condicional decide si su hijo quedará o no bajo custodia. El funcionario de libertad condicional puede permitir que su hijo vaya a su hogar sin pedir al fiscal que presente una petición. El funcionario de libertad condicional podrá permitir que su hijo vaya a su hogar y todavía remitir el caso a la fiscalía, que decidirá si presentará o no una petición. Se pueden imponer restricciones a su hijo como condición de poder volver a su hogar.

18. ¿Puede la víctima asistir a la audiencia de disposición y hablar en ella? Sí. La declaración de derechos de las víctimas permite que la víctima asista a la audiencia. La víctima y sus padres, si la víctima es menor de edad, recibirán un aviso de la audiencia. 19. ¿En qué casos se puede juzgar a mi hijo como un adulto? En el caso de algunos delitos mayores, se puede juzgar y sentenciar a su hijo como un adulto si tiene al menos 14 años de edad. El caso se transfería a una corte de adultos. Hay grandes diferencias entre los procedimientos y la filosofía de la corte de menores y la corte penal de adultos. Si el fiscal solicita que se juzgue a su hijo como un adulto, es sumamente importante que hable con el abogado de su hijo sobre todas las consecuencias muy graves de la situación de su hijo.

20. ¿Qué delitos mayores tienen la probabilidad de ser juzgados en una corte de adultos? Un menor de edad puede ser juzgado en una corte de adultos por numerosos delitos distintos. Estos son delitos violentos y graves, incluyendo asesinato e intento de asesinato, incendio de un edificio habitado, robo con un arma peligrosa o mortífera, algunos tipos de violaciones, algunos tipos de secuestros y secuestro de un carro, algunos delitos mayores en los que hay armas de fuego involucradas, ciertos delitos de sustancias reguladas y ciertas fugas violentas de instalaciones de detención de menores. 21. ¿Adónde irá mi hijo si lo mandan a la División de Justicia de Menores (DJJ, por sus siglas en inglés) Su hijo irá primero a un centro de recepción por 30 a 90 días. Después de eso se enviará a su hijo a una de nueve instalaciones correccionales o a uno de cuatro campamentos de menores. Los siguientes son los tres centros de recepción en los que el personal evaluará las necesidades de educación y tratamiento de su hijo: a. El Centro de Recepción y Clínica Norte de Correccionales de Menores. Instalación y Centro de Recepción y Clínica Preston de Correccionales de Menores en Ione (209-274-8000) b. El Centro de Recepción y Clínica Sur de Correccionales de Menores en Norwalk (562-868-9979) c. El Centro Correccional de Menores de Ventura (para niñas) (805-485-7951)

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c. Se podrá colocar a su hijo bajo libertad condicional y ordenar que viva en la casa de un pariente, en un hogar residencial privado de grupo o en un programa institucional. d. Se podrá colocar a su hijo bajo libertad condicional y enviarlo a un campamento o hacienda de libertad condicional. e. Su hijo podrá ser internado en el Departamento de Correcciones y Rehabilitación de California, División de Justicia de Menores (DJJ, por sus siglas en inglés). (Pero si su hijo es juzgado como un adulto, la corte penal de adultos puede sentenciar a su hijo al Departamento de Correcciones y Rehabilitación de California, División de Operaciones de Adultos véase las preguntas 19 y 20). f. Como padre, se le puede ordenar que cumpla con condiciones, tales como asesoramiento o capacitación para la crianza de los hijos. 15. ¿Puedo estar presente en las audiencias? Sí. De hecho, una nueva ley del estado requiere que usted esté presente. Una de las cosas que decidirá el juez es qué será lo mejor para su hijo. Dependiendo del delito, si usted puede demostrar que su hijo lo obedecerá y seguirá sus reglas, y que usted responsabilizará a su hijo y lo apoyará en el hogar, el juez puede ordenar que su hijo quede en libertad bajo su custodia. 16. ¿Puedo hablar en las audiencias? Puede hablar si el juez le hace preguntas directamente o si lo llaman como testigo. Usted puede pedir hablar al juez. Por lo general, el abogado de su hijo hablará en nombre de su hijo. El fiscal hablará por el estado. Es posible que el departamento de libertad condicional se presente como testigo. 17. ¿Tenemos derecho a tener un intérprete? Su hijo tiene derecho constitucional a tener un intérprete. Es posible que usted también tenga derecho a tener un intérprete y debe pedir uno si lo necesita.

Si el funcionario de libertad condicional mantiene a su hijo encerrado, la ley requiere que la petición se presente muy rápidamente, por lo general dentro de las 48 horas desde el momento en que la policía puso el niño bajo custodia. Después, debe haber una audiencia de detención el próximo día en que sesione la corte. Las cortes están cerradas los sábados, domingos y días de fiesta. 8. ¿Cuánto tiempo tendrá que pasar mi hijo en el reclusorio juvenil? En la audiencia de detención, el juez puede decidir que su hijo debe permanecer en el reclusorio juvenil hasta la próxima audiencia. Las audiencias diversas están descritas en la pregunta 12. El juez puede volver a ordenar que su hijo se quede en el reclusorio juvenil hasta que se termine el caso. 9. ¿Puedo visitar a mi hijo en el reclusorio juvenil? Por lo general sí, pero debe ponerse en contacto con el funcionario de libertad condicional para averiguar cuándo puede ver a su hijo. 10. ¿Cuál es el papel del funcionario de libertad condicional? El funcionario de libertad condicional tiene que escribir un informe sobre su hijo para el juez de la corte de menores. El informe dice al juez lo que el departamento de libertad condicional piensa que sería lo mejor para su hijo si el juez determina que su hijo cometió el delito. El informe también incluye los datos de arrestos anteriores de su hijo; una descripción del delito actual; una declaración de su hijo, de su familia y de otras personas que conozcan bien a su hijo; un informe de la escuela; y una declaración de la víctima. El funcionario de libertad condicional presenta este informe en la audiencia de disposición. Si ponen a su hijo bajo libertad condicional, el funcionario de libertad condicional hará cumplir las órdenes de la corte. Esto quiere decir que supervisará a su hijo para asegurar que obedezca la ley y cumpla con los términos de la libertad condicional. El funcionario de libertad condicional también estimulará la participación positiva de su hijo en la escuela y en cursos de capacitación para el trabajo, asesoramiento y programas comunitarios. Dependiendo de la situación, el funcionario de libertad condicional podrá reunirse con su hijo tan frecuentemente cómo dos veces por semana o con tan poca frecuencia como una vez por mes. Si su hijo está bajo custodia y el juez decide que su hijo no debe volver a su casa después de que se termine el caso, el funcionario de libertad condicional se encargará de encontrar una colocación adecuada para su hijo. Esto puede ser con un pariente, en un hogar de crianza o con un grupo del condado o en una institución privada.

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11. ¿Cómo nos enteraremos mi hijo y yo sobre las audiencias de la corte? Si su hijo está encerrado, usted debe obtener la petición y el aviso de la audiencia, personalmente o por correo, lo antes posible después de que se presente la petición y por lo menos 5 días antes de la audiencia. Si la audiencia ocurre menos de 5 días después de que se presenta la petición, usted recibirá un aviso al menos 24 horas antes de la audiencia. Su hijo tiene derecho a recibir un aviso si tiene al menos 8 años de edad. Si su hijo no está bajo custodia, usted debe recibir un aviso de la petición y de la audiencia personalmente o por correo de primera clase por lo menos 10 días de calendario antes de la audiencia. 12. ¿A qué audiencias irá mi hijo en la corte de menores? Hay varios tipos de audiencias: a. La audiencia de detención. Si su hijo está encerrado en el reclusorio juvenil por más de 48 horas, habrá una audiencia de detención después de no más de 72 horas, contando solamente los días que la corte está abierta (no los sábados, domingos o días de fiesta). En la audiencia de detención, el juez decidirá dejar o no que su hijo vuelva a su casa antes de la próxima audiencia. b. La conferencia antes del juicio o conferencia de convenio. En muchos condados se pone una fecha de comparecencia en la corte para tratar de resolver el asunto sin un juicio. c. Audiencias sobre pedimentos. Puede haber comparecencias en la corte para oír asuntos adicionales que surjan antes de que se resuelva el asunto principal. d. Audiencia para determinar aptitud o exención. Si su hijo tiene al menos 14 años de edad, el fiscal puede solicitar que su hijo tenga un juicio en la corte de adultos. En la audiencia para determinar aptitud el juez decide si su hijo será juzgado en una corte de adultos o de menores. Si se determina que su hijo no tiene aptitud para ser juzgado en la corte de menores, se lo juzgará en una corte de adultos. Si su hijo es menor de 14 años de edad, no habrá audiencia para determinar aptitud. e. La audiencia de jurisdicción. En la audiencia de jurisdicción, el juez decide si su hijo cometió o no cometió el delito.

f. La audiencia de disposición. Si el juez determina que su hijo cometió el delito, en la audiencia de disposición el juez decidirá qué órdenes se deberán dar sobre su hijo. Si el juez determina que su hijo no cometió el delito, no habrá audiencia de disposición. A veces la audiencia de disposición se hace inmediatamente después de la audiencia de jurisdicción, el mismo día. g. Audiencias de revisión. En algunos casos, la ley o la corte pueden fijar audiencias para hacer una revisión del progreso y el desempeño de su hijo bajo libertad condicional. 13. ¿Qué pasará en la audiencia de jurisdicción? En muchos casos, el niño admitirá toda o parte de la petición. El abogado de su hijo aconsejará a su hijo si deberá admitir o no que toda o parte de la petición es cierta. Si hay una audiencia disputada, o un " juicio", el fiscal presentará el caso contra su hijo. Después el abogado de su hijo presentará la defensa. Basándose en estas pruebas, el juez decidirá si su hijo cometió o no los actos de los que se le acusa. Si el juez emite una "determinación de certeza", eso significa que hay suficientes pruebas para que el juez halle más allá de una duda razonable que su hijo cometió los actos. Después de una "determinación de certeza", el juez fija una fecha para una audiencia de disposición en la que se decide cuáles serán las consecuencias. Si no hay suficientes pruebas para que el juez determine que su hijo cometió el acto del que se le acusa, el caso se terminará. Si su hijo está bajo custodia, quedará libre. 14. ¿Qué pasará en la audiencia de disposición? El juez decidirá una de seis cosas: a. Su hijo podrá permanecer en su casa bajo supervisión de libertad condicional por hasta 6 meses. b. Se podrá ordenar que su hijo permanezca en su casa bajo la supervisión formal de un funcionario de libertad condicional. La supervisión formal está designada por un juez.

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