DV-125 S
1
Volver a emitir una Orden de restricción temporal
El secretario pone un sello en la casilla de abajo cuando se presenta el formulario.
Nombre de la persona que pide protección (persona protegida):
Sólo para información
Dirección de la persona protegida (no lo llene si tiene un abogado): (Si desea que
su dirección sea privada, ponga una dirección postal en vez de la dirección en que vive):
Sólo para información No entregue a la corte
Nombre y dirección de la corte:
Ciudad: Estado: Código postal: No. de teléfono (optativo): ( ) Abogado de la persona protegida (si tiene uno): (Nombre, dirección, no. de
teléfono y no. del Colegio de Abogados del Estado):
Corte Superior de California, Condado de
2
Nombre de la persona restringida: Descripción de esa persona: Sexo: M F Estatura: Peso: Raza: Color del cabello: Color de los ojos: Edad: Fecha de nacimiento:
Número de caso:
3
Pido al juez que vuelva a emitir la Orden de restricción temporal, Formulario DV-110. a. La fecha de la última audiencia fue (fecha): b. La orden se volvió a emitir veces. Pido al juez que vuelva a emitir la orden porque: a. No pude entregar la orden antes de la fecha de la audiencia. La fecha de la audiencia se cambió porque nos mandaron a mediadores o a otros servicios de la corte familiar. b. c. Otro (especifique): Declaro bajo pena de perjurio bajo las leyes del Estado de California que la información que aparece más arriba es verdadera y correcta. Fecha:
4
5
Sólo para información
Escriba su nombre completo a máquina o en letra de molde
Firme su nombre
Esta es una orden de la corte.
El secretario llenará la sección a continuación.
La orden que figura en se vuelve a emitir y se fija en esta corte una audiencia en la fecha y hora indicadas más abajo. A menos que un juez extienda el tiempo, la orden terminará en la fecha y hora indicadas a continuación. Nombre y dirección de la corte si no es la misma que está arriba: Fecha: Hora: Fecha de la audiencia Depto.: Sala: Todas las demás Órdenes de restricción temporal quedan en efecto a menos que esta orden las cambie. Fecha:
Juez (o funcionario judicial)
Judicial Council of California, www.courtinfo.ca.gov Rev. July 1, 2003, Mandatory Form Code of Civil Procedure, § 527(b). Approved by DOJ
Volver a emitir una Orden de restricción temporal
(Prevención de la violencia en el hogar)
DV-125 S, (Spanish)
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