Free PODER JUDICIAL DE NUEVA JERSEY NEW JERSEY JUDICIARY GUÍA DEL TRIBUNAL CIVIL ES... - New Jersey


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Pages: 8
Date: April 27, 2009
File Format: PDF
State: New Jersey
Category: Court Forms - State
Author: New Jersey Judiciary - Civil Practice Division
Word Count: 3,226 Words, 18,423 Characters
Page Size: Letter (8 1/2" x 11")
URL

http://www.njcourts.gov/forms/10281_spc_guide_court_spn.pdf

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PODER JUDICIAL DE NUEVA JERSEY
NEW JERSEY JUDICIARY

GUÍA DEL TRIBUNAL CIVIL ESPECIAL
SPECIAL CIVIL ­ A GUIDE TO THE COURT

Tribunal Superior de Nueva Jersey División de Derecho Parte Civil Especial
Superior Court of New Jersey Law Division Special Civil Part

Civil Especial - Guía del Tribunal

página 1

El Civil Especial (Special Civil) es un tribunal con jurisdicción limitada, en el cual usted puede demandar a otra persona (el demandado) para cobrar una suma de dinero de hasta $15,000 que usted cree que se le debe. (Si su reclamación es de un máximo de $3,000 [$5,000 en el caso de un depósito de garantía de un inquilino], usted puede demandar en la Sección de Reclamaciones de Menor Cuantía [Small Claims Section]. Consulte el folleto de Reclamaciones de Menor Cuantía). Este folleto explica cómo se presenta una demanda, cómo se responde a una demanda, y cómo se interpone una apelación, y contiene información general sobre el tribunal Civil Especial. Su propósito no es el de dar asesoramiento legal, substituirlo o responder a toda pregunta que tenga sobre este tribunal. Debe comunicarse con un abogado si tiene alguna consulta legal en cuanto a sus derechos. Si no tiene un abogado, puede ponerse en contacto con el Servicio de Recomendación de Abogados (Lawyers' Referral Service) del Colegio de Abogados de su condado (County Bar Association). Si no puede pagar un abogado, puede comunicarse con el Programa de Servicios Legales (Legal Services Program) de su condado para saber si reúne las condiciones necesarias para obtener servicios legales gratuitos.

Civil Especial
La Civil Especial es una de las tres secciones de la Parte Civil Especial del Tribunal Superior. Las otras dos son la de Propietarios/Inquilinos (Landlord/Tenant) y la de Reclamaciones de Menor Cuantía. (Hay folletos distintos para esas secciones). La Civil Especial se limita a causas en las cuales la demanda sea de un máximo de $15,000. Si cree que tiene derecho a recuperar más de $15,000, debe presentar su causa en la División de Derecho (Law Division) del Tribunal Superior. Si cree que tiene derecho a que le adjudiquen daños y perjuicios por una suma de más de $15,000, pero aún desea demandar en el tribunal Civil Especial, usted renuncia a su derecho a recuperar los daños que excedan los $15,000. La suma adicional no se puede reclamar más tarde en una demanda separada.

Reclamaciones típicas que se presentan
A continuación figura una lista general de reclamaciones que se pueden presentar en el tribunal Civil Especial: Incumplimiento de un contrato verbal o escrito. Devolución del dinero utilizado como cuota inicial. Daños materiales ocasionados por un accidente automovilístico. Daños o pérdidas materiales. Demandas del consumidor por mercancía defectuosa o por fallas en la hechura. Pago por trabajo realizado. Reclamaciones basadas en cheques sin fondos. Devolución del depósito de garantía de un inquilino. Reclamaciones originadas por negligencia profesional (por ejemplo, negligencia supuesta de un médico, dentista o abogado).

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Dónde presentar una demanda
La demanda se debe presentar en la Oficina del Secretario de la Parte Civil Especial (Office of the Special Civil Part Clerk) del condado donde resida al menos uno de los demandados o donde esté situado el negocio demandado. Un demandado comercial se considera situado en un condado en que hace su negocio o en el condado donde está situada su oficina registrada. Si hay más de un demandado, la demanda se puede presentar en el condado donde vive o está situado cualquiera de los demandados. Si ninguno de los demandados vive o está situado en Nueva Jersey, la demanda se debe presentar en el condado donde ocurrió el hecho que produjo esta demanda.

Quién puede presentar una demanda
Se debe tener al menos 18 años para demandar en el tribunal de la Parte Civil Especial. Si el demandante es menor de 18 años, el padre, la madre o el tutor debe presentar la demanda. Todo demandante o demandado que sea una sociedad anónima, sociedad, sociedad de responsabilidad limitada, etc., debe estar representado por un abogado cuando la suma de la reclamación ascienda a más de $3,000. Un funcionario, fiduciario, director, agente o empleado de una sociedad anónima puede presentar o defenderse contra una reclamación de un máximo de $3,000.

Cómo presentar una demanda
El formulario para presentar una demanda en el tribunal Civil Especial se puede obtener en la Oficina del Secretario de la Parte Civil Especial (Office of the Special Civil Part Clerk) del condado donde se presentará la causa. El personal de la oficina del Secretario le puede indicar cuál es el formato apropiado para la demanda. El paquete para presentar la demanda sin abogado (pro se), junto con las instrucciones, también se puede obtener en la oficina del Secretario y en el Internet en njcourtsonline.com. La demanda se puede presentar por correo o personalmente. Al presentar una demanda, usted como demandante debe: Dar su nombre y apellido, dirección y número telefónico. Dar el nombre y apellido y la dirección correctos de cada persona que figura como demandada en la demanda, de tal forma que se pueda efectuar debidamente la notificación de la demanda. Es importante que se identifique debidamente al demandado, especificando si se trata de un individuo, una empresa de propietario único, una sociedad o una sociedad anónima. Declarar la suma de dinero por la que usted está demandando. Declarar la razón por la cual el demandado le debe dinero a usted. Declarar si actualmente existe alguna otra causa en la que tanto usted como la(s) otra(s) parte(s) participe(n) y, si es así, el nombre del tribunal. Firmar el formulario que llenó. Pagar las costas de diligenciamiento y de notificación apropiadas cuando presente la demanda al Secretario de la Parte Civil Especial. Después que haya presentado una demanda, la fecha del juicio no se fijará a menos que el demandado envíe una respuesta escrita, junto con las costas debidas, al Secretario de la Parte Civil Especial en un plazo de 35 días a partir de la fecha en que se le notificó a ese demandado

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de la demanda. Si éste responde por escrito dentro del plazo de 35 días, se fijará la fecha del juicio. El tribunal se la notificará a todas las partes. Si el demandado no responde dentro del plazo de 35 días, el juez asentará una rebeldía. El demandante debe solicitar que se asiente un "fallo en rebeldía" ("judgment by default") dentro de los seis meses a partir de la fecha en que se asentó esa rebeldía o debe presentar un pedimento para obtener el fallo en rebeldía. Mediante dicho fallo, el juez decide cuál es la suma de dinero, si la hay, que se le adjudicará al demandante porque el demandado no respondió a la demanda a tiempo ni compareció en el tribunal. Le exigirán que presente un affidávit y otros documentos que verifiquen la suma de su reclamación y que pruebe al Tribunal que el demandado individual no es un miembro activo de las fuerzas armadas de los EE.UU. La prueba del servicio militar no es aplicable a demandados comerciales. Si con los documentos no se puede probar la suma en cuestión, se podría celebrar una audiencia en el tribunal para permitirle probar su reclamación. (El paquete para solicitar un fallo en rebeldía sin abogado [pro se] se puede obtener en cualquier oficina del Secretario de la Parte Civil Especial y en el Internet en njcourtsonline.com.) Si se trata de una demanda de indemnización monetaria por daños y perjuicios causados por un accidente automovilístico, y el fallo exige que un demandado pague $500 o más, éste los debe pagar dentro de un plazo de 60 días. Si el demandado no paga dentro de los 60 días, el demandante puede solicitar, por intermedio del Secretario de la Parte Civil Especial, que la Comisión de Vehículos Motorizados de Nueva Jersey (New Jersey Motor Vehicle Commission) suspenda los privilegios de conducir y registro de vehículos del demandado hasta que pague lo correspondiente al fallo.

Costas de diligenciamiento de una demanda
Los costos para presentar una demanda en el tribunal Civil Especial son: $32 por una demanda en la cual la suma reclamada sea de un máximo de $3,000. $50 por una demanda en la cual la suma reclamada sea más de $3,000. $2 por cada demandado adicional. Actualmente el cargo es de $7 por cada demandado a quien se le notifique de la demanda por correo común y certificado. Sin embargo, esto está sujeto a cambios. (Se puede cobrar un cargo por las millas recorridas en vez de los $7 del envío por correo si un funcionario del tribunal entrega la demanda al demandado personalmente. El personal de la Parte Civil Especial le puede informar sobre el cargo por las millas recorridas, si lo hay.) Haga un cheque o giro bancario o postal pagadero al Treasurer, State of New Jersey (Tesorero, Estado de Nueva Jersey). $50 por un juicio con un jurado de seis personas. Si usted carece de recursos, puede hacer una solicitud al tribunal para determinar si reúne las condiciones necesarias para que lo consideren indigente, y el juez puede exonerarle del pago de las costas de diligenciamiento.

Cómo presentar una respuesta a una demanda
Si a usted lo han nombrado como demandado en una causa, debe presentar una respuesta escrita a la demanda al Secretario de la Parte Civil Especial en el condado donde se presentó la demanda, dentro del plazo establecido en la notificación de la demanda (35 días si usted reside o está situado en Nueva Jersey; 35 días si reside o está situado fuera del estado). Además, debe entregarle personalmente o enviarle por correo una copia de la respuesta al demandante o al
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abogado del demandante. El paquete para presentar la respuesta sin abogado (pro se), junto con las instrucciones, se puede obtener en la oficina del Secretario y en el Internet en njcourtsonline.com. Si usted cree que el demandante le debe dinero, debe agregar una contrademanda a la respuesta. Si cree que otra persona que ha sido nombrada como demandado en la demanda le debe ese dinero, debe añadir a su respuesta una demanda contra coparte en contra de ese demandado. Por último, si cree que una parte que no ha sido nombrada en la demanda le debe ese dinero, debe añadir a la respuesta una demanda contra esa tercera parte. Cuando presente una respuesta, asegúrese de suministrar la siguiente información: El número y el título del expediente judicial que figuran en la demanda. Su nombre y apellido, dirección y número telefónico. El nombre y apellido y la dirección correctos de cada demandante. La razón (o las razones) por la cual usted está en desacuerdo con la reclamación del demandante. Incluya la suma de dinero que usted está demandando, si incluye una contrademanda, una demanda contra coparte o una demanda contra terceros con su respuesta. Además, debe firmar la respuesta y pagar las costas de diligenciamiento apropiadas cuando presente la respuesta al Secretario de la Parte Civil Especial. Si usted no responde a la demanda por escrito dentro del plazo que se especifica en la notificación de demanda, se podría asentar un fallo en rebeldía en su contra. Mediante dicho fallo, el juez decide cuál es la suma de dinero, si hay alguna, que se le adjudicará al demandante porque usted no respondió a la demanda a tiempo. Si usted ha respondido a la demanda a tiempo, el tribunal le notificará la fecha del juicio por correo.

Costas de diligenciamiento de una respuesta
$15 por una respuesta. $32 por una respuesta con una contrademanda, una demanda contra coparte o una demanda contra terceros cuando la suma es de un máximo de $3,000. $50 por una respuesta con una contrademanda, una demanda contra coparte o una demanda contra terceros cuando la suma es más de $3,000. (Nota: El Secretario también cobrará un cargo adicional por notificar de la demanda contra un tercero). Si usted carece de recursos, puede hacer la solicitud al tribunal para determinar si reúne las condiciones necesarias para que lo consideren indigente, y el juez puede exonerarle del pago de las costas de diligenciamiento.

Preparación para el juicio
Interrogatorios Las Reglas del Tribunal (Rules of Court) estipulan un intercambio de información entre las partes. Sea usted el demandante o el demandado, debe responder a las preguntas que plantee la parte contraria, llamadas "interrogatorios", en un plazo de 30 días. Demandante
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Si usted es el demandante, debe probar sus argumentos. Haga arreglos para tener en el juicio a cualquier testigo y documento que necesite para probar sus argumentos. El tribunal no admite ninguna declaración escrita, aun cuando se haya hecho bajo juramento. Sólo se permitirá el testimonio real en el tribunal de lo que cada testigo oyó o vio. Prepare sus preguntas con anticipación. Traiga al tribunal los documentos de cualquier transacción que le puedan ayudar a probar sus argumentos. Tales documentos podrían incluir: Cheques pagados, giros postales o bancarios y recibos de compras. Facturas, contratos, cotizaciones, contratos de alquiler. Cartas. Fotografías. Otros documentos que prueben su reclamación. Si puede llegar a un acuerdo con el demandado en relación con la causa antes de la fecha fijada para el juicio, llame de inmediato a la Oficina del Secretario de la Parte Civil Especial. Demandado Si usted es el demandado, debe preparar sus argumentos de la misma manera que el demandante preparó los suyos. Traiga al tribunal todos los testigos y documentos necesarios en la fecha fijada para el juicio. Debe comparecer en el tribunal a la hora y en la fecha indicadas en el aviso del juicio. Si no lo hace, se podría asentar un fallo en rebeldía en su contra y usted podría tener que pagar el dinero que el demandante alega que usted le debe. Si usted llega a un acuerdo con el demandante en relación con la causa antes de la fecha del juicio, llame de inmediato al tribunal para confirmar que la causa se considera resuelta.

El día del juicio
El demandante y el demandado deben presentarse en el tribunal a la hora y en la fecha indicadas en el aviso del juicio, a menos que el tribunal les avise de algún cambio. Traiga todos los testigos y las pruebas necesarias para exponer sus argumentos. El día fijado para el juicio, el tribunal le puede ayudar a llegar a un acuerdo en su causa a través de una mediación con un mediador capacitado o una conferencia de resolución con un tercero neutral. Esta persona tratará de ayudar a que el demandante y el demandado lleguen a un acuerdo satisfactorio. El mediador o el tercero neutral no es un juez. Si no se puede llegar a un acuerdo, se hará todo lo posible para que el juez vea su causa el mismo día. Si usted gana su causa, consulte el folleto de Cobro de un Fallo (Judgement Collection) para obtener información sobre cómo cobrarlo.

Derecho a apelar
Si usted, como demandante o demandado, no está de acuerdo con la decisión del juez, puede apelar la decisión en la División de Apelaciones (Appellate Division) del Tribunal Superior en un plazo de 45 días a partir de la fecha del fallo. Debe presentar un Aviso de Apelación (Notice of Appeal), una copia de la Solicitud de una Transcripción (Request for Transcript) y una
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Declaración Informativa sobre la Causa (Case Information Statement) en un plazo de 45 días al Secretario de la División de Apelaciones (Clerk of the Appellate Division) en el Richard J. Hughes Justice Complex, PO Box 006, Trenton, NJ 08625 y entregar copias: a todas las partes de la causa que comparecieron en el tribunal. al Secretario de la Parte Civil Especial donde se vio la causa que se apela. al juez que decidió la causa. Debe pagar una costa de diligenciamiento de $200 con el Aviso de Apelación y depositar $300 en la oficina del Secretario de la División de Apelaciones dentro de los 30 días subsiguientes a la presentación del Aviso de Apelación. Este depósito se podría usar para pagar los costos de un acuerdo o las costas judiciales si pierde la apelación. Si la misma tiene éxito, se le reembolsará el depósito. También debe obtener una transcripción del juicio (una copia del acta de lo que ocurrió en el tribunal). La solicitud de una transcripción debe hacerse en la Oficina del Secretario de la Parte Civil Especial en el condado donde se llevó a cabo el juicio de la causa. Debe depositar en la oficina del Secretario el costo aproximado de la transcripción (según lo determine el taquígrafo de actas, el Secretario, o la agencia que la prepare) o $300 por cada día o fracción de cada día del juicio. Debe presentar tres copias de la transcripción en la Oficina del Secretario de la División de Apelaciones. Las preguntas concernientes a una apelación deben dirigirse a la Oficina del Secretario de la División de Apelaciones al 609-292- 4822 o a un abogado.

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Este folleto fue publicado por El Poder Judicial de Nueva Jersey

División de Prácticas Civiles
Civil Practice Division

Stuart Rabner Juez Presidente de la Corte Suprema
Chief Justice

Glenn A. Grant, J.A.D. Director Administrativo Interino de los Tribunales
Acting Administrative Director of the Courts

Robert W. Smith Director, Oficina de Servicios a los Tribunales de Primera Instancia
Director, Office of Trial Court Services

Lic. Jane F. Castner Subdirectora, Prácticas Civiles
Assistant Director, Civil Practice

Lic. Robert D. Pitt Jefe, Servicios de la Parte Civil Especial
Chief, Special Civil Part Services

Robert J. Piscopo Especialista Administrativo 4
Administrative Specialist 4

Copyright 2005: Poder Judicial de Nueva Jersey
Copyright 2005: New Jersey Judiciary

Oficina de Comunicaciones y Relaciones con la Comunidad
Office of Communications and Community Relations

(609) 292-9580 njcourtsonline.com (Última actualización del contenido: 09/2007)
(Content Last Updated 09/2007)