Free JV-820 S.v1.101306.mc.ofm - California


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Pages: 2
Date: June 24, 2009
File Format: PDF
State: California
Category: Court Forms - State
Author: mcaamic
Word Count: 1,485 Words, 8,031 Characters
Page Size: Letter (8 1/2" x 11")
URL

http://www.courtinfo.ca.gov/forms/documents/jv820s.pdf

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JV-820 S
ABOGADO O PARTE SIN ABOGADO (Nombre, Número del Colegio Estatal de Abogados (si es abogado) y Dirección Postal): SÓLO PARA USO DE LA CORTE

NO. DE TELÉFONO.: DIRECCIÓN DE EMAIL (Optativa): ABOGADO DE (Nombre):

NO. DE FAX (Optativo):

SÓLO PARA INFORMACIÓN NO ENTREGUE A LA CORTE

CORTE SUPERIOR DE CALIFORNIA, CONDADO DE
DIRECCIÓN (Número y Calle): DIRECCIÓN POSTAL: CIUDAD Y CÓDIGO POSTAL: NOMBRE DE LA SUCURSAL:

NOMBRE DEL CASO:

Sólo para información
NÚMERO DEL CASO:

AVISO DE INTENCIÓN DE PRESENTAR PETICIÓN DE MANDAMIENTO Y PEDIDO DE EXPEDIENTE PARA RECONSIDERAR UNA ORDEN PARA FIJAR AUDIENCIA CONFORME AL CÓDIGO DE BIENESTAR E INSTITUCIONES, Sección 366.26 (Reglas de la Corte de California, Regla 8.450)

No entregue a la corte

AVISO
La corte de menores decidió que hará un plan permanente para este menor que podrá resultar en que usted pierda sus derechos de padre y en la adopción del menor. Si desea que una corte de apelación reconsidere la decisión de la corte de menores, primero se lo tiene que decir a la corte de menores por medio de presentar un Aviso de intención. Puede usar este formulario como su Aviso de intención. En la mayoría de los casos, tendrá sólo 7 días a partir de la fecha de la decisión de la corte para presentar un Aviso de intención. Vea la página 2 para encontrar su plazo especifico para presentar este formulario. 1. Nombre del solicitante: 2. Dirección del solicitante: 3. Número de teléfono del solicitante: 4. El solicitante es a. b. c. d. e. la madre/el padre (nombre): el tutor/la tutora la agencia de bienestar del condado el menor de edad otro (describa la relación con el menor de edad o el interés en el caso): Fecha de nacimiento del menor:

5. Nombre del menor:

6. a. El (fecha): la corte de menores emitió una orden fijando una audiencia conforme a la sección 366.26 del Código de Bienestar e Instituciones. El peticionante tiene la intención de presentar una petición de mandamiento judicial para disputar las determinaciones y las órdenes emitidas por la corte en esa fecha y solicita que el secretario reúna el expediente. b. Escriba todas las fechas conocidas de las audiencias que resultaron en la orden: 7. La audiencia bajo la sección 366.26 del Código de Bienestar e Instituciones se fija para el (fecha, si la sabe): Fecha:
(ESCRIBA SU NOMBRE A MÁQUINA O EN LETRA DE MOLDE) (FIRMA DEL SOLICITANTE ABOGADO DEL MENOR)

El Aviso de intención de presentar una petición de mandamiento judicial debe estar firmada por la parte que tenga la intención de presentar la petición de mandamiento judicial, o el abogado del caso del menor debe presentarla en nombre del menor. Vea el otro lado de este formulario para más información. LEA EL OTRO LADO DE ESTE FORMULARIO PARA INFORMACIÓN IMPORTANTE Y PLAZOS
Página 1 de 2 Form Approved for Optional Use Judicial Council of California JV-820 S [Rev. January 1, 2007] Welfare and Institutions Code, § 366.26; AVISO DE INTENCIÓN DE PRESENTAR PETICIÓN DE MANDAMIENTO Y Cal. Rules of Court, rule 8.450 www.courtinfo.ca.gov PEDIDO DE EXPEDIENTE PARA RECONSIDERAR UNA ORDEN PARA FIJAR AUDIENCIA CONFORME AL CÓDIGO DE BIENESTAR E INSTITUCIONES, Sección 366.26 Translation [Rev. January 1, 2007] (Reglas de la Corte de California, Regla 8.450)

JV-820 S ¿QUÉ PASARÁ EN LA AUDIENCIA PARA HACER UN PLAN PERMANENTE?
· La corte podrá ordenar la terminación de los derechos de los padres y la adopción del menor. · La corte podrá ordenar una tutela legal para el menor. · La corte podrá ordenar un plan permanente de colocación del menor con un pariente apto y dispuesto. · La corte podrá ordenar un plan permanente de colocación del menor en un hogar de crianza. Las opciones que figuran arriba están en orden de preferencia, porque el objetivo principal es dar al menor un lugar estable y permanente para vivir. PARA MÁS INFORMACIÓN VEA § 366.26 DEL CÓD. DE BIENEST. E INSTIT.

¿CÓMO PUEDO DISPUTAR LA DECISIÓN DE LA CORTE DE AUDIENCIA PARA HACER UN PLAN PERMANENTE? · Presente este Aviso de intención de presentar petición de mandamiento y Pedido de expediente en la corte de menores dentro del plazo especificado abajo en la próxima casilla. Eso informará a la corte que usted tiene la intención de presentar una petición de mandamiento y la corte preparará el expediente. · Le avisarán cuando se haya presentado el expediente en la Corte de Apelación y usted obtendrá copias del expediente. Tiene 10 días a partir de la fecha de presentación del expediente en la Corte de Apelación para presentar y hacer la entrega legal de su petición de mandamiento. · Puede usar el formulario optativo JV-825 del Consejo Judicial para completar su petición de mandamiento o, si tiene un abogado, su abogado puede escribir la petición de mandamiento en su nombre. · Después de presentar su petición de mandamiento en la Corte de Apelación tiene que enviar copias a todas las partes en el caso, al voluntario de CASA del menor, a la persona que esté cuidando ahora al menor y a todos los padres de hecho con derecho legal a participar en procedimientos de la corte de menores. Junto con su petición de mandamiento, tiene que presentar una Prueba de entrega que confirme que envió una copia de la petición a esas personas. VEA § 366.26 (l) DEL CÓD. DE BIENEST. E INSTIT; REGLAS DE LA CORTE DE CAL., REGLAS 8.450 a 8.452 ¿CUÁNDO TENGO QUE PRESENTAR MI AVISO DE INTENCIÓN DE PRESENTAR PETICIÓN DE MANDAMIENTO Y PEDIDO DE EXPEDIENTE?
· Si estuvo presente cuando la corte fijó la fecha de la audiencia para hacer un plan permanente, tiene que presentar el Aviso de intención dentro de los 7 días a partir de la fecha en que la corte fijó la audiencia. · Si no estuvo presente en la corte, pero le mandaron un Aviso por correo de la decisión de la corte de fijar una audiencia para hacer un plan permanente y usted vive en California, tiene que presentar el Aviso de intención dentro de los 12 días a partir de la fecha en que el secretario le envió el Aviso por correo. · Si no estuvo presente en la corte, pero le mandaron un Aviso por correo de la decisión de la corte de fijar una audiencia para hacer un plan permanente y usted no vive en el Estado de California, tiene que presentar el Aviso de intención dentro de los 17 días a partir de la fecha en que el secretario le envió el Aviso por correo. · Si no estuvo presente en la corte, pero le enviaron un Aviso por correo de la decisión de la corte de fijar una audiencia para hacer un plan permanente y usted no vive en los Estados Unidos, tiene que presentar el Aviso de intención dentro de los 27 días a partir de la fecha en que el secretario le envió el Aviso por correo. · Si usted es parte en una institución de custodia, tiene que dar el Aviso de intención a los funcionarios de custodia dentro del plazo especificado en esta casilla. VEA REGLAS DE LA CORTE DE CAL., REGLAS 8.450, 5.540(c)
· Si la orden para fijar la audiencia fue hecha por un árbitro que no sirvió como juez temporal, tienen 10 días más para presentar el Aviso de intención. VEA §§ 248-252 DEL CÓD. DE BIENEST. E INSTIT.; REGLAS DE LA CORTE DE CAL. REGLA 5.538 y REGLA 5.540

FIRMA EN EL AVISO DE INTENCIÓN · Tiene que estar firmada por la persona que tiene la intención de presentar la petición de mandamiento, o · Si la petición se presentará en nombre de un menor, por el abogado del menor, o · La corte a cargo de la reconsideración podrá eximir este requisito por causa justificante indicada en una declaración del abogado del caso en la que explica el motivo por el cual la parte no pudo firmar al aviso. (Reglas de la Corte de Cal., regla 8.450(e)(3).)
JV-820 S [Rev. January 1, 2007]

AVISO DE INTENCIÓN DE PRESENTAR PETICIÓN DE MANDAMIENTO Y PEDIDO DE EXPEDIENTE PARA RECONSIDERAR UNA ORDEN PARA FIJAR AUDIENCIA CONFORME AL CÓDIGO DE BIENESTAR E INSTITUCIONES, Sección 366.26 (Reglas de la Corte de California, Regla 8.450)

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